12.4.08

Mi vecino me enferma

INVITACION

El documental “Mi Vecino me Enferma”, realizado por Acción Ponceña Comunitaria por un Ambiente Sano, muestra las diferentes caras de las enfermedades causadas por la contaminación que sale de la planta de cemento de Cemex en Ponce. Esta anormal incidencia de enfermedades respiratorias fue corroborada por un estudio epidemiólogo realizado el pasado año por la Escuela de Salud Publica del Recinto de Ciencias Medicas de la UPR.

En el documental se presentan testimonios impactantes sobre condiciones de salud de niños, jóvenes y envejecientes, vecinos de las comunidades alrededor de la planta de Cemex. Esta condición, sin atender por parte de las Agencias de nuestro gobierno, será más severa si se logran los planes de esta empresa de quemar neumáticos usados para generar energía. Práctica que revierte en economías y ganancias para ellos y contaminación y enfermedad para nuestra comunidad.

Les invitamos a que vean una versión corta de este documental en “youtube” como preámbulo a nuestra concentración para protestar contra esto el 21 de abril desde las 9:00am frente a Cemex en la carretera 123 de Ponce.

Si después de verlo deseas apoyarnos ese día, te esperamos. Envíanos un correo confirmando tu apoyo, personal o grupal, a esta lucha y autorizándonos a mencionarte o mencionarlos en la promoción que estaremos ofreciendo.

Correo: enviroangelo@gmail.com

Enlaces al documental:

http://www.youtube.com/watch?v=0wKt9s8oZu0 (Parte 1)

http://www.youtube.com/watch?v=LuNsgxJjzzg (Parte 2)

8.4.08

Dostoievsky

No. no me equivoqué en el título de este post. Es que el Tribunal de Apelaciones acaba de emitir una sentencia en la que revoca una decisión de la Junta de Planificación en la que aprobaba un complejo walk-ups en terrenos de la Reserva Espíritu Santo. Así como lo lee, la JP aprobó el complejo con el supuesto fundamento de que era "turístico" pero no tenía el aval de la Compañía de Turismo (!). ¿Y porqué lo de Dostoiesvky? Lean la noticia abajo. Interesante los argumentos del panel del Tribunal. Esta sentencia merecerá atención futura.



Por YAISHA VARGAS (AP)

En una contundente decisión que defiende la protección de los recursos naturales, un panel del Tribunal de Apelaciones revocó un permiso que otorgó la Junta de Planificación (JP) a un complejo residencial que alegaba ser turístico, pero que no tenía el aval de la Compañía de Turismo y tampoco cumplió con estudios arqueológicos requeridos.

“Es contrario al sentido común y también a la eficiencia económica que la Junta (de Planificación) apruebe una consulta de ubicación que no cumple con los requisitos de ley y reglamentos”, indica la sentencia emitida por el panel de jueces integrado por Zadette Bajandas Vélez, Néstor Aponte Hernández y José A. Morales Rodríguez.

El proyecto Valmar Apartments -propuesto por Antonio Marrero, Sofía Miranda, el ingeniero Martín Arache y la firma Edgardo Santiago y Asociados- presentó una consulta de ubicación ante la JP para un complejo de 84 apartamentos y un área recreativa en un predio de 3.3 cuerdas en la reserva natural del Río Espíritu Santo de Río Grande.

El área es un Distrito de Conservación de Recursos (CR) en el reglamento de la JP, por lo que no permite desarrollos residenciales, aunque sí villas turísticas que no pongan en riesgo el ambiente natural.

El proyecto estaba sujeto a la reglamentación de la JP que aplica a los municipios que circundan el bosque tropical de El Yunque.

El Apelativo indicó que la Junta autorizó el proyecto con el pretexto de que los apartamentos planificados, sometidos como un complejo residencial, servían como villas turísticas “enfocadas hacia el turismo interno”.

“Es evidente que tal determinación truca con juegos semánticos la clara protección reglamentaria que se le ha impuesto al predio de terreno en controversia”, dijeron los jueces en la sentencia de 14 páginas.

“Permitir actuaciones como las del presente caso sería dejar la puerta abierta para que desarrolladores utilicen como subterfugio la manipulación de un texto con el fin de evadir las salvaguardas ambientales que la ley ha confiado a la Junta”, agregaron.

Los jueces tomaron conocimiento de que existe unanimidad entre la comunidad científica en el mundo de los peligros del cambio climático.

La temperatura en el planeta ha aumentado gradualmente como consecuencia de la devastación de los recursos naturales, lo que está provocando el derretimiento de los polos y cambios erráticos en el clima que tendrán consecuencias para los humanos en los próximos años.

“Decía (el escritor ruso) Dostoievsky que la belleza salvará al mundo”, enfatizan los magistrados.

“Pobre turismo tendríamos si los espacios más bellos de nuestra tierra se dañaran con la cacofonía visual, estridente por demás, de los complejos residenciales de los llamados ’walk-ups’, como el de este caso”, añaden.

Los jueces subrayaron que el Tribunal Supremo ha reiterado que la protección de los recursos naturales es una normativa jurídica que “tiene una insoslayable dimensión de orden constitucional”.

Sostuvieron que áreas como la reserva del Río Espíritu Santo son “de tan obvia sensitividad ecológica y de tal belleza natural, que merecen la mayor protección de todos los actores sociales públicos y privados”.

6.4.08

Nilita


Ayer sentí mucha alegría cuando mi amiga y colega Ana Matanzo me dio un dato que me haría interesarme aún más en la investigación a la que he dedicado buena parte del tiempo en los últimos meses. He estado acercándome de muchas formas a los procesos de redistribución de tierras en la historia de Puerto Rico y al tema de la propiedad en el país. He leído o consultado practicamente todos los libros y tesis que se han escrito sobre el proceso de implantación de la reforma agraria y la puesta en vigor de la famosa Ley de los 500 acres. Aún así, no es hasta ayer que hablando con Ana, ésta me da el maravilloso dato de que fue Nilita Vientós Gastón, la primera mujer abogada en el Departamento de Justicia, quien tuvo a su cargo la implantación de la ley y los procesos de redistribución de tierras. Debí haberme percatado si me hubiera picado la curiosidad sobre quien estaba en el Departamento de Justicia en esos años, pero casi todo lo escrito enfatizaba en la implantación por parte de la Autoridad de Tierras. Las fotos que se recogen en los libros muestran al grupo de hombres jefes de agencia y al Gobernador y presidente del Senado. Todos hombres, va sin decirlo. Lo increible es que en ninguna de las fuentes que consulté menciona que Nilita estuvo a cargo del proceso. Siempre me ha impresionado y cautivado la figura de Doña Nilita Vientós Gastón. Ahora que conozco este dato, me apasiona mucho más el periodo sobre el que he estado investigando.

Nilita Vientós Gastón, escritora, abogada y profesora puertorriqueña, nació en San Sebastián del Pepino el 5 de junio de 1903. Por veintisiete años Nilita trabajó en el Departamento de Justicia de Puerto Rico, y como adelanté, fue la primera mujer que se desempeñó como abogada ahí. Ocupó el cargo de Procuradora General Auxiliar y fue ahí que representó al pueblo de Puerto Rico ante el Tribunal Supremo, logrando la gran victoria del famoso caso del idioma, cuando el Tribunal sentenció, que el medio de expresión de Puerto Rico es el español,con las consecuencias que tenía para el acceso a la justicia el que fuera de otra forma. Pueblo vs. Tribunal Superior, 92 D.P. R. 596).

Nilita fue, además, una gran humanista, escritora y catedrática de la Universidad de Puerto Rico. Dictó cursos en la Facultad de Humanidades de literatura comparada. Fundó revistas de literatura de mucha importancia como "Asomante". Hay una cita de ella que me encanta y que refleja mucho de su personalidad: "Me gusta tanto dar clase... que no me explico a veces cómo me pagan por enseñar." (1969) En 1986, la Universidad le confirió el grado Doctor Honoris Causa.

gracias Ana!.

Puede acceder a más información sobre Nilita en la Fundación Nilita Vientós Gastón.

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